España debería ampliar las bases de los principales impuestos y extender el uso de las tasas sobre bienes y servicios públicos para aumentar la recaudación tributaria sin aumentar los tipos de gravamen.
Fede publica hoy un documento elaborado por José Ignacio Conde, Manuel Díaz, Carmen Marín y Juan Rubio en el que se analiza la evolución durante la última década y el estado actual de los ingresos públicos en España en comparación con los países del núcleo central de la Unión Europea, la llamada UE-15.
El estudio destaca que España se mantiene significativamente por debajo de la media de la UE-15 tanto en términos de ingresos como de gastos públicos, medidos ambos como porcentaje del PIB. La diferencia es mayor en el caso de los ingresos que de los gastos, lo que se traduce en un déficit público superior al promedio. También muestra que la evolución de los ingresos públicos ha sido mucho más sensible al ciclo económico en España que en otros países europeos, donde el nivel de ingresos se ha mantenido aproximadamente constante en promedio durante la última década.
Con datos de 2015, la menor recaudación tributaria española se debe en buena parte al IRPF, el IVA y las tasas sobre bienes y servicios públicos. El problema fundamental no es que España presente tipos de gravamen muy reducidos – antes al contrario, especialmente en el caso del IRPF—sino la estrechez de las correspondientes bases tributarias y la excesiva generosidad de los beneficios fiscales, incluyendo el elevado peso relativo del consumo gravado a tipos reducidos en el IVA, que suponen una pérdida de recaudación superior a 3,5 puntos de PIB.
Los autores concluyen que la reducción de los beneficios fiscales en las principales figuras tributarias, manteniendo fijos sus tipos de gravamen, sería una buena receta para aumentar la recaudación y acelerar la consolidación fiscal que necesitamos sin necesidad de realizar recortes adicionales en el gasto.
Documento
Conde-Ruiz, I., M. Díaz, C. Marín y J. Rubio. “Los ingresos públicos en España” FEDEA Policy Papers no. 2017-01, Madrid, enero de 2016.