El Gobierno ha sometido a audiencia pública el proyecto de Real Decreto por el que se regulan los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental y de resiliencia y soberanía digital aplicable a los centros de datos (PRD en adelante). Este nuevo PRD fija las condiciones que se adelantaban en el Real Decreto Ley 7/2026 y se aplicarán a todos los centros de datos que se conecten con posterioridad a la entrada en vigor de la nueva norma, dispongan ya o no de los correspondientes permisos de acceso y conexión. El PRD sometido a audiencia ha generado un intenso debate tanto desde el punto de vista regulatorio como económico, ya que modifica de forma muy sustancial las condiciones de acceso y conexión a la red por parte de los centros de datos y puede poner en peligro la viabilidad de un amplísimo conjunto de proyectos.
Análisis de la regulación de centros de datos: valoración del PRD
En este contexto, Fedea publica hoy un trabajo de Diego Rodríguez (UCM y Fedea) en el que se analizan los principales problemas que plantea la nueva regulación propuesta en el PRD, tanto por sus implicaciones en términos de costes como desde la perspectiva del diseño general de la regulación del acceso a la red. El autor indica que, compartiendo el principio general sobre la conveniencia de incorporar requisitos de eficiencia en el uso de los recursos por parte de los centros de datos, su valoración general del PRD es negativa por dos motivos principales. Por un lado, porque establece unos requisitos relativos al mix eléctrico consumido y al cumplimiento simultáneo de los más estrictos criterios de eficiencia en el consumo eléctrico y de agua que se consideran desproporcionados y de muy difícil justificación. Por otro lado, porque la regulación propuesta adopta un enfoque de condicionamiento del acceso a la red eléctrica que es específico para los centros de datos y, en ese sentido, discriminatorio frente a otras actividades, aunque estas tuviesen exactamente el mismo perfil de consumo que el de los centros de datos. El trabajo no aborda el análisis de los criterios de resiliencia y soberanía digital que también se establecen en el PRD, centrándose en los requisitos relativos al ámbito energético.
Eficiencia energética e hídrica: el trade-off en los nuevos requisitos
A ese respecto, en primer lugar, el autor considera que la exigencia simultánea de la máxima calificación en el cumplimiento de criterios de eficiencia energética (PUE) y eficiencia hídrica (WUE) no se alinea con lo reconocido en el muy reciente reglamento europeo en el que se desarrolla la etiqueta europea para centros de datos. En dicho reglamento se recuerda la existencia de un trade off en el cumplimiento de ambos criterios, de forma que los avances en uno de ellos tienden a comprometer los avances en el otro criterio. A ese respecto, el autor indica que una aproximación más proporcionada habría sido la de combinar una alta exigencia en un indicador de eficiencia (clase A, en una escala A-G), con algo más de flexibilidad en el otro indicador (A o B, por ejemplo). El autor considera que, incluso con esta mayor flexibilidad, los nuevos centros de datos instalados en España ya se situarían en la frontera tecnológica europea en términos de eficiencia en el uso de los recursos.
Correlación horaria y adicionalidad renovable: impacto en costes
En segundo lugar, el trabajo profundiza en las consecuencias de los requisitos de correlación horaria y adicionalidad establecidos en el PRD. En relación con el primero, señala el carácter desproporcionado de exigir que, en cada hora, al menos el 80 % del consumo eléctrico esté cubierto por generación renovable procedente de autoconsumo o de contratos de largo plazo con nuevas instalaciones de generación. El autor indica que una consecuencia natural de esta exigencia sería la necesidad de sobredimensionar de forma muy significativa la capacidad renovable contratada y de sistemas de almacenamiento, con el fin de conciliar los perfiles horarios y estacionales de la generación renovable con el perfil de demanda esencialmente plano de los centros de datos. En el trabajo se describen algunos posibles resultados, si bien la magnitud y la composición óptimas de esa capacidad adicional dependerían de las características de cada proyecto, tales como su localización, la combinación de tecnologías renovables o la posibilidad de desplazar determinadas cargas de cómputo entre distintas horas. En cualquier caso, a juicio del autor, es altamente probable que el aumento de los costes energéticos que se derivarían de ese sobredimensionamiento neutralizaría la ventaja comparativa que actualmente ofrece España por la abundancia y competitividad de su generación renovable.
Adicionalmente, el autor señala que la obligación de contratar exclusivamente con instalaciones de generación que hayan entrado en operación, como máximo, 18 meses antes de la puesta en funcionamiento del centro de datos no es coherente con la necesidad de encontrar nueva demanda para absorber la capacidad renovable instalada en los últimos años. A este respecto, destaca que, mientras el despliegue de la generación fotovoltaica evoluciona, en términos generales, en línea con la senda prevista en el PNIEC, el crecimiento de la demanda eléctrica se mantiene muy por debajo de las previsiones recogidas en dicho documento.
Propuestas para una regulación proporcionada del acceso a la red
En consecuencia, el autor considera que existe un amplio margen para definir de forma más proporcionada los requisitos de correlación horaria y adicionalidad establecidos en el PRD, sin renunciar por ello a los objetivos de impulso de la generación renovable. Asimismo, recuerda que la propia etiqueta europea aplicable a los centros de datos, a la que el PRD hace referencia, incorpora información sobre el consumo de electricidad de bajas emisiones, incluyendo la procedente de generación nuclear. Sin embargo, esta posibilidad no recibe ninguna consideración específica en el PRD.
Acceso a la red eléctrica como instrumento de política industrial
Por último, el autor cuestiona el uso de los permisos de acceso y conexión como instrumento para condicionar las características técnicas y económicas de determinados proyectos empresariales. A su juicio, el PRD profundiza en una orientación más amplia que tiende a utilizar el acceso a la red como un instrumento adicional de política industrial. Esta orientación ya se refleja, por un lado, en la priorización de determinados proyectos mediante la intervención del nuevo Comité de Inversiones Estratégicas y, por otro, en la incorporación de diversos criterios de adjudicación en los concursos de capacidad de acceso.
Documento completo
Rodríguez, D. (2026). «Una nota sobre las implicaciones del Proyecto de Real Decreto sobre centros de datos». FEDEA, Estudios de Economía Española no. 2026-23, Madrid.
