Un nuevo estudio de Judith Arnal (Fedea) defiende una apuesta condicionada: los centros de datos pueden reforzar la posición de España en la economía digital europea, pero solo si la contrapartida que exigen (suelo, energía, agua, fibra y capacidad de red) se traduce en captura efectiva de valor en el territorio. El trabajo detalla las condiciones que deberían exigir las comunidades autónomas y alerta de los riesgos del nuevo régimen de acceso a la red del Real Decreto-ley 7/2026.
Mensajes clave
- Por qué importan ahora. La inteligencia artificial ha disparado las necesidades de cómputo y, con ellas, la dimensión de los centros de datos (CPD): los nuevos campus se conciben ya como grandes instalaciones industriales y demandan volúmenes de energía muy superiores a los de la generación anterior. Esto los ha convertido en infraestructura estratégica, y España, por sus condiciones energéticas, su suelo y su fibra, es uno de los destinos europeos más atractivos.
- Ni apuesta incondicional ni rechazo de principio. El estudio defiende una apuesta condicionada: los CPD pueden aportar infraestructura crítica, industria y empleo cualificado, pero solo si la contrapartida que exigen (suelo, energía, agua, fibra y red) se traduce en valor real para el territorio. El mayor valor de la cadena, el cómputo y los servicios cloud e IA, es justo el más difícil de retener.
- Las comunidades autónomas deben condicionar, y con transparencia. La captura de valor se decide en el territorio. Comunidades autónomas y municipios deberían vincular la rapidez administrativa y los recursos escasos a compromisos verificables (industria local, formación, adopción tecnológica, agua y retorno fiscal), pero mediante reglas públicas y transparentes, no en negociaciones opacas caso por caso que abran la puerta al trato desigual.
- El RDL 7/2026 acierta en intentar frenar el acaparamiento de permisos de acceso a la red, pero abre una vía discrecional. Hay concedidos muchos más megavatios de red de los que llegarán a construirse, y la norma hace bien en frenar ese acaparamiento. El problema es que crea una vía rápida, los proyectos estratégicos, con criterios vagos que la CNMC critica por convertir la escasez de red en un instrumento de política industrial e invadir competencias autonómicas.
- Lo más polémico: la sostenibilidad como llave para conectarse a la red, y solo para los CPD. La ley solo permitía denegar el acceso a la red por falta de capacidad. El RDL convierte además el cumplimiento de requisitos de sostenibilidad en condición de acceso para los CPD: un centro que no los cumpla puede perder el permiso y quedarse sin poder operar. Esta exigencia recae únicamente sobre los CPD y no sobre otros grandes consumidores eléctricos, como una acería o una cementera. Y a los grandes campus de IA (más de 100 MW) se les obliga a estar entre el 15% más eficiente del sector: al ser un umbral relativo, pueden perder el permiso sin haber empeorado, solo porque otros mejoren.
- La oportunidad y cómo aprovecharla. España tiene una ocasión real de reforzar su posición en la economía digital europea con los CPD. Para aprovecharla al máximo, conviene que el Estado ofrezca reglas de acceso a la red claras, predecibles y no discriminatorias, y que el territorio fije, con transparencia, las condiciones que convierten la inversión en valor local. Cuando ambos niveles funcionan a la vez, los recursos escasos como la capacidad de red se traducen en el mayor retorno posible, también para usos de alto valor como la electrificación industrial, el transporte o la vivienda.
La pregunta relevante
El estudio defiende que la pregunta relevante no es cuántos CPD puede atraer España, sino bajo qué condiciones debe hacerlo. La respuesta no es ni un entusiasmo incondicional ni un rechazo de principio, sino una apuesta condicionada. El análisis de la cadena de valor explica el matiz: el mayor valor económico se concentra en dos capas, el equipamiento de cómputo y los servicios cloud e IA, que son las más difíciles de retener y están dominadas por un número reducido de empresas extranjeras. La captura local se concentra, en cambio, en las capas más ancladas al lugar: los recursos, la infraestructura física y la operación. Atraer CPD sin más puede traducirse, por tanto, en un consumo de suelo, energía, agua y capacidad de red a cambio de un retorno local reducido.
Las condiciones territoriales: el papel de las comunidades autónomas
Convertir la inversión en valor exige que las administraciones autonómicas y locales actúen no solo como facilitadoras de permisos, sino como agentes capaces de ordenar la inversión en torno a un acuerdo ecosistémico, que vincule la rapidez administrativa y la disponibilidad de recursos escasos a compromisos verificables en cinco planos: industrial, laboral y formativo, tecnológico, infraestructural y ambiental, y fiscal y territorial. Esta exigencia tiene una base económica y no es una mera demanda de reparto. Cobrar el suelo, el agua y la energía a precio de mercado no basta, porque ese precio no recoge el coste social de lo que el proyecto consume. El recurso que de verdad condiciona, la capacidad de acceso a la red, no se asigna por precio sino administrativamente, y compite con usos rivales de alto valor como la electrificación industrial, el transporte o la vivienda. A ello se suman externalidades positivas que el mercado tiende a desaprovechar, como la formación de proveedores, y una aceptación social que, sin un reparto creíble, puede faltar.
En el plano industrial, España parte de una ventaja real: cuenta con algunas de las mayores constructoras e ingenierías del mundo (ACS, Acciona, Sacyr o FCC). El precedente de la automoción muestra que la captura en las capas auxiliares es alcanzable, pues España es el segundo productor europeo de vehículos sin que ninguna marca tenga aquí su centro decisor y, pese a ello, ha desarrollado una industria de componentes que exporta cerca del 60% de su facturación. El reto es replicar ese patrón en los CPD, asegurando que las empresas accedan a las capas más especializadas (sistemas eléctricos de alta fiabilidad, refrigeración de precisión, integración de cargas de IA) y no solo a la obra civil.
El plano laboral y formativo ilustra la magnitud del desafío. Cuando varios proyectos coinciden en el tiempo, la fase de construcción genera un pico muy intenso de demanda de mano de obra, empresas instaladoras e ingeniería que puede tensionar a otros sectores, los salarios y los servicios locales; una vez en marcha, la operación deja menos empleo, pero más estable y cualificado. Gestionar ese pico sin expulsar actividad y formar el talento técnico que requiere la operación son tareas que corresponden a las comunidades autónomas, con competencias decisivas en formación profesional, universidades, política industrial, agua y ordenación del territorio.
El criterio de decisión no debería ser la magnitud del proyecto, sino la calidad de su respuesta en esos cinco planos, e incluye la posibilidad de no priorizar los que no ofrezcan contrapartida. Esa condicionalidad debe apoyarse en reglas transparentes y no discrecionales: una negociación bilateral y opaca entre cada comunidad y cada promotor reproduciría en el territorio los mismos riesgos de inseguridad jurídica y trato desigual que el estudio critica en el plano estatal.
Las condiciones nacionales: las críticas al Real Decreto-ley 7/2026
Antes de llegar a un municipio, un CPD tiene que poder conectarse a la red eléctrica, y ahí el problema es de exceso de demanda sobre una red escasa. Los permisos de acceso ya concedidos superan con mucho cualquier previsión realista de despliegue: Red Eléctrica indicó en febrero de 2026 que desde 2022 se habían otorgado 11.800 MW de capacidad para nuevas demandas solo en la red de transporte, sin que ninguno hubiera entrado todavía en servicio.
Sobre la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, según la cual un permiso de acceso solo puede denegarse por falta de capacidad, el Real Decreto-ley 7/2026 reforma el régimen de acceso. El estudio reconoce sus aciertos en intentar frenar el acaparamiento de permisos, como la prestación por reserva de capacidad o los nuevos hitos de caducidad, pero introduce dos riesgos.
El primero es una vía rápida discrecional. El real decreto-ley crea la figura del proyecto estratégico y el Comité de Inversiones Estratégicas que lo declara, con acceso prioritario a la red. La definición es muy amplia, pues basta con que concurran razones de interés público, social o económico, y los criterios concretos se remiten a un real decreto posterior. La CNMC advierte de que esos criterios son vagos, se apoyan en palabras como relevante o significativo sin umbrales de referencia, y reclama criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios. El estudio coincide: existe un riesgo claro de convertir el cuello de botella de la red en un instrumento de política industrial y de invadir competencias autonómicas, empleando la planificación energética para hacer planificación industrial.
El segundo es que la sostenibilidad se convierte en llave de acceso. El real decreto-ley hace del cumplimiento de los requisitos de sostenibilidad una condición de acceso a la red, una entrada que la ley reservaba solo a la disponibilidad de capacidad. El objetivo, que los CPD sean eficientes y sostenibles, no está en cuestión y procede en parte de la directiva europea de eficiencia energética. El problema es la forma. Además, esa exigencia se impone únicamente a los CPD y no a otros grandes consumidores eléctricos, como una acería o una cementera, lo que singulariza al sector sin una razón clara de competencia. El caso más delicado es el de los grandes campus de IA de más de 100 MW, a los que se exige situarse dentro del 15% de instalaciones más eficientes. Al tratarse de un umbral relativo, un centro puede dejar de cumplir sin empeorar, solo porque otros mejoren, lo que la CNMC asocia a una incertidumbre indefinida sobre permisos ya concedidos y a un efecto escalón que incentiva a dimensionar los proyectos justo por debajo de 100 MW.
Frente a ello, el trabajo defiende ordenar el acceso mediante reglas objetivas y predecibles: madurez del proyecto, criterios técnicos y concurrencia competitiva, dejando la verificación de la eficiencia para la fase del contrato técnico de acceso, donde puede comprobarse de forma efectiva.
Conclusión
La apuesta española por los CPD solo tiene pleno sentido cuando los dos niveles funcionan a la vez: el Estado establece unas reglas de acceso predecibles y no discriminatorias a la red eléctrica, y el territorio pone, con transparencia, las condiciones del valor. Si España acierta en ambos, los centros de datos pueden reforzar su posición en la economía digital europea. Si falla en cualquiera de los dos, habrá cedido recursos escasos a cambio de mucho menos de lo que esta inversión puede ofrecer.
Estudio completo
Arnal, J. (2026). «¿En qué condiciones tiene que apostar España por las inversiones en centros de datos?» FEDEA, Colección Apuntes no. 2026-17. Madrid.
