Tras más de veinte años desde que comenzaron las negociaciones, el 6 de diciembre de 2024 se alcanzó un Acuerdo final de Asociación entre la UE y los cuatro estados fundadores de Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay). Se trata de un Acuerdo de enormes dimensiones, dado el tamaño económico y la población del área afectada, que proporcionará un acceso preferencial a los mercados de uno y otro lado del Atlántico. En estos momentos se está a la espera que la Comisión Europea presente una propuesta legal al Consejo y el Parlamento Europeo para su formalización final.
En este contexto, Fedea publica hoy un trabajo de María C. Latorre (UCM), Carlos Javier González-Cabrera (DG Trade, Comisión Europea) y David Suárez-Cuesta (UCM) en el que se describen las consecuencias económicas y medioambientales del Acuerdo para los países involucrados, con especial atención al caso de la economía española. El análisis realizado por los autores conduce a desmentir varias ideas frecuentemente aceptadas, como que se trata de un acuerdo de “vacas por coches”, que supone un peligro medioambiental o que provocará una “avalancha” de productos agrarios provenientes de Mercosur que será dañina para los agricultores europeos.
Los autores sitúan el Acuerdo UE-Mercosur en el contexto de los acuerdos comerciales firmados por la UE en los últimos años. Se trata de acuerdos “profundos” que superan ampliamente el marco de eliminación de las barreras arancelarias para incluir también el tratamiento de las barreras no arancelarias y otros aspectos vinculados, por ejemplo, a la inversión extranjera directa. En ese marco, los autores señalan la relevancia que en el Acuerdo UE-Mercosur tienen las medidas para facilitar la apertura de las compras públicas, así como el amplio abanico de disposiciones en el ámbito de desarrollo sostenible, especialmente en materia de condiciones de trabajo, protección del medio ambiente y protección climática.
Los autores describen los resultados de la aplicación de un modelo de equilibrio general que les permite simular los efectos de los cuatro elementos más importantes del Acuerdo referidos a los aranceles y cuotas, las restricciones no arancelarias al comercio, las restricciones a la inversión extranjera directa en servicios y las medidas de apertura de la contratación pública. En cualquier caso, los autores señalan la presencia de elementos adicionales del Acuerdo cuyos beneficios potenciales resultan de difícil cuantificación, como pueden ser el incremento de la seguridad y la transparencia en los intercambios, la protección frente a la imitación de indicaciones geográficas correspondientes a productos tradicionales europeos o la cooperación bilateral en materia de controles oficiales y certificación, entre otros. En el mismo sentido, llaman la atención sobre la inclusión en el Acuerdo de disposiciones conducentes a diversificar las importaciones de minerales críticos y a mejorar la propia seguridad económica de la UE.
Los autores concluyen que el Acuerdo tendrá un impacto positivo a largo plazo en el bienestar económico tanto de la UE, y de España en particular, como de los distintos países del Mercosur. En ese sentido, sus estimaciones indican que el Acuerdo provocará un aumento del PIB, el consumo privado y el empleo, así como de los intercambios comerciales. Los países de Mercosur, especialmente los de menor tamaño, son los que obtendrían un mayor impulso como resultado del Acuerdo. Resulta especialmente significativo que, según el análisis realizado por los autores, no cabe esperar un impacto significativo del Acuerdo sobre la agricultura y ganadería europeas. A ese respecto, y en el ámbito de la ganadería, los autores recuerdan las cláusulas introducidas en el Acuerdo, que limitan fuertemente las cantidades beneficiadas de la eliminación de barreras de entrada a la Unión Europea e introducen cláusulas de salvaguardia. Los autores destacan también que los efectos esperados del Acuerdo son mayores que los estimados en trabajos previos, lo que atribuyen a la consideración de efectos como los derivados de la mayor facilidad prevista para la entrada de inversión europea en Mercosur.
Adicionalmente, los autores indican que el aumento de emisiones de gases de efecto invernadero (CO2) asociado al Acuerdo es menor que el aumento de la actividad económica, trasladándose a una reducción de la intensidad de emisiones por un unidad de valor añadido. El pequeño desplazamiento de actividad desde el resto del mundo hacia el área UE-Mercosur sería también favorable a una reducción de la intensidad global de emisiones, al presentar el resto del mundo mayor intensidad de emisiones que el área afectada por el Acuerdo. Además, los autores recuerdan el compromiso para aplicar de manera efectiva múltiples aspectos vinculados con la sostenibilidad, y la deforestación. Estos resultados son de especial relevancia, dada la alarma sobre la sostenibilidad que se ha suscitado en algunos ámbitos en relación con el Acuerdo.
Documento completo
Latorre, M. C., González-Cabrera, C.J. y Suárez-Cuesta, D. (2025). “Tiempo para los buenos aliados comerciales: el impacto económico del Acuerdo UE-Mercosur“. FEDEA, Colección Apuntes, no. 2025-24, Madrid.
