Como parte de la segunda fase de la reforma del sistema público de pensiones, el Gobierno ha propuesto una subida gradual de las bases máximas de cotización a la Seguridad Social entre 2025 y 2050, acompañada de una revisión muy inferior de la cuantía de las pensiones máximas y del propósito de recuperar aproximadamente el actual cociente entre las dos variables de 2050 en adelante, a un ritmo no especificado que se negociará con los agentes sociales. Durante el período indicado, se propone que la base máxima de cotización aumente en términos reales (esto es, tras ajustarla por la inflación) a una tasa anual del 1,154%, mientras que la pensión máxima lo hará al 0,115%. Esto supondría en 2050 un incremento acumulado de casi el 35% para la base máxima de cotización y del 3% para la pensión máxima, ambas medidas a precios constantes. Comenzando en 2050, la base máxima pasaría a actualizarse sólo con la inflación, manteniéndose por tanto constante en términos reales, y la pensión máxima crecería algo más que la inflación hasta alcanzar un incremento acumulado del 30% a precios constantes en un horizonte indefinido.
Fedea publica hoy una nota de Ángel de la Fuente (Fedea e IAE-CSIC) en la que se investigan algunos de los posibles efectos de esta medida y se propone un instrumento alternativo para complementar la financiación de la Seguridad Social. En la primera parte del trabajo se ofrece una estimación aproximada de los efectos del destope sobre los ingresos totales por cotizaciones sociales. Una vez implementada por completo en 2050, esta medida incrementaría la recaudación, como mucho, en un 0,15% del PIB, muy por debajo de lo que sería necesario para compensar el incremento del gasto en pensiones derivado de la primera fase de la reforma en curso, que el propio Gobierno cifra en torno a 3,5 puntos de PIB en 2050. Si el destope se lleva hasta el extremo, sometiendo a cotización todas las rentas brutas del trabajo, el incremento de recaudación podría acercarse a un punto del PIB, todavía claramente insuficiente para eliminar el déficit previsto del sistema.
Por otra parte, argumenta el autor, la propuesta es cuestionable porque supone potenciar un impuesto oculto y muy distorsionante que no debería formar parte del esquema de financiación de la Seguridad Social. Las cotizaciones sociales que se aplican a rentas por encima de determinados umbrales (los que dan derecho a la prestación máxima) son, en la práctica, un impuesto puro (una exacción monetaria sin contrapartida alguna) que tiene, además, una estructura poco equitativa y muy distorsionante por aplicarse con tipos de gravamen muy elevados sobre una base limitada y arbitraria de rentas intermedias del trabajo. Convendría, por tanto, eliminar este peculiar impuesto de Seguridad Social (ISS), suprimiendo las cotizaciones por encima de tales umbrales, y reemplazarlo por algo mejor. Entre las posibles opciones, el autor sostiene que la mejor sería, en la práctica, un recargo proporcional de solidaridad sobre la cuota del IRPF, lo que aseguraría un reparto equitativo de los costes no puramente contributivos del sistema de protección social entre una base más amplia de contribuyentes. En su opinión, este recargo debería sustituir no sólo al ISS sino también a las actuales transferencias del Estado a la Seguridad Social para hacer su coste más visible para el contribuyente y debería calibrarse para mantener inicialmente constantes la presión fiscal total y los ingresos de la Seguridad Social.
Más información
de la Fuente, A. (2022). “Sobre la financiación de la Seguridad Social: algunas reflexiones al hilo de la propuesta de “destope” de las cotizaciones.” Fedea, Colección Apuntes no. 2022-31. Madrid.
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