Educación

Sobre el proyecto de reforma de la ley de la ciencia

Fedea publica hoy una nota de Clara Eugenia Núñez (UNED) sobre el anteproyecto de ley de reforma de la Ley de la Ciencia. La autora se muestra muy crítica con el texto que, a su entender, no cumple el objetivo que él mismo se marca: mejorar la competitividad del sistema español de ciencia, tecnología e innovación (SECTI). En su opinión, el anteproyecto es una modificación poco ambiciosa de la ley existente que regula en excesivo detalle cuestiones que podrían derivarse a un reglamento interno y no entra en profundidad en otras de mayor calado. Se desaprovecha así una buena oportunidad para introducir las reformas que serían necesarias para acercar nuestro marco legal al de los países con sistemas de ciencia e innovación más potentes, potenciando así la capacidad de nuestro sistema de ciencia de atraer y retener talento, generar conocimiento y establecer relaciones fructíferas con el sector productivo.


La autora argumenta que el texto no establece un sistema adecuado de gobernanza para el SECTI y que eso impide, a su vez, resolver los problemas existentes para atraer talento y relacionarse con el sector empresarial. La definición de las competencias de los órganos de gobierno y coordinación del SECTI, incluyendo el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación y la Agencia Estatal de Investigación, es confusa y en ocasiones contradictoria. Tampoco se avanza hacia una mayor autonomía de los organismos públicos de investigación y un mejor control de sus resultados, o en la reducción de trabas burocráticas innecesarias. Sin embargo, sí se constatan algunos avances en materia de gestión de subvenciones y ayudas que permitirán simplificar los procedimientos y evitar el doble control actualmente existente. Por otra parte, se sostiene también en la nota que el anteproyecto

i) es excesivamente detallado en lo relativo a la carrera investigadora y las modalidades de contratación, cuestiones que podrían derivarse en parte a un reglamento interno,

ii) establece un reparto confuso de responsabilidades en un complejo sistema de evaluación de la actividad investigadora que se aparta de las mejores prácticas internacionales y en particular del sistema de tenure track, y

iii) no introduce ninguna medida que facilite el establecimiento de relaciones entre las empresas y el Sistema de Ciencia.

Documento completo

Nuñez, C. E. (2022). “Comentarios al Anteproyecto de ley por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.” Informes y papeles del Grupo de Trabajo Mixto Covid-19. FEDEA, Colección Apuntes, no. 2022-04. Madrid.