El origen de los mercados de trabajo duales en Europa vino determinado por una legislación laboral muy rígida para los contratos indefinidos. Resolver este problema sin el coste político asociado a cambios en estos contratos fue posible mediante la explosión de un nuevo tipo de contratación, la temporal, más flexible y barata, que favorecía la competitividad de las empresas en un entorno económico cada vez más globalizado. La aparición de los contratos temporales en España se produjo con la reforma laboral de 1984, que permitía su uso en cualquier circunstancia. Desde entonces, tras seis reformas laborales infructuosas contra la dualidad (1994, 1997, 2001, 2006, 2010 y 2012), España ha sido uno de los países de la OCDE con mayor tasa de temporalidad.
Fedea publica hoy un trabajo de José Ignacio Conde-Ruiz (Fedea y UCM), Manu García (Washington University in St. Louis y Federal Reserve Bank of St. Louis), Luis Puch (UCM) y Jesús Ruiz (UCM) en el que se hace una evaluación preliminar de la reforma laboral del año 2021.
Utilizando una novedosa base de datos que cubre todos los registros diarios de creación y destrucción de afiliados a la Seguridad Social, el artículo, muestra que, si bien la reforma ha demostrado ser muy eficaz en la reducción de la tasa de temporalidad «contractual», no parece haber sido tan eficaz en la mitigación de la precariedad o inestabilidad laboral o en la reducción de la tasa de temporalidad «empírica».
La estrategia seguida por la reforma española ha consistido en restringir drásticamente el recurso a los contratos de duración determinada (o temporales) sin variación alguna de la flexibilidad de los contratos indefinidos ordinarios. Sin embargo, para evitar una disminución de la flexibilidad global del sistema, la reforma ha fomentado el uso de otras variantes de contratos indefinidos que ofrecen menos estabilidad, como el contrato «Fijo Discontinuo». Estos contratos, a pesar de ser etiquetados como indefinidos, no ofrecen el mismo nivel de seguridad laboral a los trabajadores que los contratos indefinidos tradicionales.
El artículo, muestra, por un lado, que ha aumentado la conversión de trabajadores temporales en indefinidos (tanto en el contrato indefinido ordinario como en el fijo discontinuo). Pero, por otro lado, encuentra un aumento de la mortalidad de los contratos indefinidos ordinarios tras la reforma. Es decir, se hacen más contratos indefinidos ordinarios, pero la duración de estos es menor.
Para evaluar el impacto de la reforma laboral, y su eficacia en la reducción de la tasa de temporalidad «empírica», el artículo analiza los patrones en el calendario de los flujos diarios de creación y destrucción de empleo. El mercado laboral español tiene unos patrones en el calendario muy marcados: contrata el lunes para despedir el viernes, contrata solo para el fin de semana y contrata el primer día de mes para despedir el último día de mes. Utilizando un modelo de series temporales en el que se comparan los patrones de creación y destrucción de empleo antes y después de la reforma, los autores no encuentran diferencias estadísticamente grandes entre ellos, excepto por una disminución de la destrucción de empleo a final de mes, que se ha reducido.
De la reforma laboral española se pueden extraer varias lecciones. Primero, el nuevo marco laboral ha generado una nueva distribución de los contratos de trabajo que reduce la tasa de temporalidad hasta la media europea, pero replica casi exactamente la situación anterior en términos de estabilidad laboral para los trabajadores (i.e. los patrones diarios de creación y destrucción de afiliados a la seguridad social). Es decir, en términos agregados, el mercado laboral no muestra los cambios que a priori cabría esperar en la duración del empleo como resultado de la disminución del empleo temporal.
Segundo, el trabajo pone de relieve que la tasa de temporalidad, que era el principal indicador para medir la precariedad laboral en países con un mercado de trabajo dual como el español, no es seguramente la mejor herramienta a estos efectos. Ciertamente, hay que buscar otras formas de medir la precariedad que no se basen sólo en la estructura por tipos de contratos, sino que tengan en cuenta también otras variables y en particular la duración real de los contratos.
Por último, para una evaluación más justa y completa de la reforma es necesario esperar unos años tras su aprobación para ver cómo se consolidan las tendencias puestas de manifiesto en este artículo y para disponer de datos detallados que permitan realizar un análisis cuidadoso de la trayectoria laboral de los trabajadores en función de sus características.
Documento completo
Conde Ruiz, J. I., Garcia, M., Puch, L y J. Ruiz (2023). “Reforming Dual Labor Markets: “Empirical» or “Contractual» Temporary Rates?” FEDEA, Estudios sobre la Economía Española, no. 2023-36, Madrid.