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Fedea Policy Paper: Copagos sanitarios. Revisión de experiencias internacionales y propuestas de diseño

Fedea publica hoy un estudio de Beatriz González, Jaume Puig y Santiago Rodríguez en el que se examina la experiencia internacional en materia de copagos sanitarios y se avanzan algunas recomendaciones para mejorar el diseño del sistema español.

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La participación de los pacientes en el coste de los bienes y servicios sanitarios es una práctica muy extendida en todos los sistemas sanitarios europeos. Todos los países de la UE15 exigen copago farmacéutico. La gratuidad es la excepción en visitas médicas, si bien las tarifas por visita son muy reducidas en algunos países. Nueve de los 15 países de la UE15 imponen copago por hospitalización, con tarifas diarias de entre 10 y 75 euros, aunque con frecuencia con un límite máximo. También suele haber un límite máximo para el gasto sanitario total que se modula en función del nivel de renta y de las condiciones personales. En todos los países de la UE excepto cuatro, entre los que está España, existe algún sistema de copago para las urgencias hospitalarias.

El diseño del sistema de copagos ha de realizarse con cuidado porque su existencia afecta al consumo de los servicios por los que se paga una tasa, tiene efectos cruzados sobre otros servicios médicos e incide sobre la renta disponible y la salud de los colectivos afectados. La introducción de copagos puede mitigar la tendencia al exceso de consumo que se da en condiciones de gratuidad total, generando ahorros que pueden ser significativos y mejoras en la eficiencia de ciertos servicios sujetos a problemas de congestión, pero puede también generar problemas de equidad al disuadir consumos necesarios por parte de los grupos más vulnerables. Por eso, la mayor parte de países diseñan fórmulas de copago con límites de aportación y exenciones personales.

En España, el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones ha cambiado las condiciones y límites del copago farmacéutico por primera vez en varias décadas. El nuevo copago mantiene la distinción entre pensionistas y activos, estableciendo por primera vez el copago para los pensionistas con un límite mensual de contribución, y elevando el porcentaje de copago de los activos, que pasa a ligarse a sus ingresos, estableciéndose tipos diferentes para tres grandes tramos de renta. Se mantienen, por otra parte, las subvenciones existentes a los tratamientos crónicos y las exenciones para colectivos especialmente vulnerables. Tras la reforma de 2012, en la mayor parte de las CCAA se observó una caída abrupta de las recetas dispensadas con cargo al sistema nacional de salud, aunque poco a poco parece estar recuperándose la tendencia previa. Con todo, la aportación de los usuarios podría haberse duplicado con los cambios, pasando del 6% al 12% del total de la factura farmacéutica. Por tanto, el efecto más permanente de la reciente reforma del copago farmacéutico sería una redistribución parcial de los costes farmacéuticos desde el erario público hacia los usuarios.

Entre otras recomendaciones más generales, los autores del informe ofrecen las siguientes sugerencias para mejorar el diseño del actual sistema de copago farmacéutico en nuestro país:

  • Suprimir la distinción entre activos y pensionistas, cualidad que en principio no marca ninguna diferencia ni de necesidad ni de renta.
  • Establecer límites máximos anuales (no mensuales) del copago en función de la renta para toda la población con más tramos que los tres actuales. El modelo de copago de Suecia podría servir de orientación.
  • Debería establecerse una escala de porcentajes de copago en función de la efectividad de los tratamientos. Francia podría ser un referente en este sentido.
  • Los tratamientos con un ratio coste-efectividad socialmente aceptable para pacientes crónicos y para grupos vulnerables deberían ser gratuitos o casi-gratuitos. Las vacunas también deberían serlo.
  • Los tratamientos para síntomas menores, en la medida en que sean efectivos y coste-efectivos, deberían estar incluidos en la cartera de servicio en las mismas condiciones que el resto.

Documento

Gonzalez, B., J. Puig y S. Rodríguez (2016). “Copagos sanitarios. Revisión de experiencias internacionales y propuestas de diseño.” Fedea Policy Papers no. 2016-04, Madrid.

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