El mercado laboral español se ha caracterizado tradicionalmente por una elevada rigidez. Dada la dificultad de ajustar salarios y horas de trabajo ante las caídas de demanda, la economía española ha respondido generalmente a las situaciones de crisis con tasas de destrucción de empleo muy superiores a las de los países de nuestro entorno. Puesto que el ritmo de absorción de los trabajadores desplazados ha sido, además, generalmente muy lento, nuestro país se ha caracterizado por mantener tasas medias de paro muy por encima de las de nuestros vecinos.
Uno de los objetivos centrales de la reciente reforma laboral ha sido el de facilitar a las empresas instrumentos adicionales para que éstas puedan ajustarse de manera más flexible a las circunstancias económicas. Un trabajo reciente de Ignacio García Pérez y Victoria Osuna para FEDEA analiza los efectos sobre el nivel de paro de dos de estos instrumentos utilizando un modelo de equilibrio general de búsqueda y emparejamiento calibrado a la economía española.
El estudio se centra en dos de las principales medidas introducidas en la reforma de 2012 con el objetivo de aumentar la flexibilidad externa e interna de las empresas. El primero es la reducción en las indemnizaciones por despido de los trabajadores con contratos permanentes (acompañada de un pequeño incremento en las de los trabajadores temporales), que ha reducido la asimetría entre ambos tipos de contratos y facilitado los ajustes de plantilla. El segundo es la mejora de la flexibilidad interna a través de los EREs con reducción de jornada subvencionados a través de la percepción parcial de prestaciones por desempleo y (transitoriamente, durante 2012 y 2013) mediante bonificaciones parciales de las cotizaciones a la Seguridad Social.
Los autores encuentran que ambas medidas tienen un impacto positivo apreciable sobre la tasa de desempleo de equilibrio, aunque en el caso de las reducciones de jornada este efecto sólo se materializa cuando las cotizaciones sociales se reducen al menos en parte con la duración de la jornada. De acuerdo con sus estimaciones, el recorte de los costes de despido legislado en 2012 ha reducido la tasa de desempleo de equilibrio en un 11%. La flexibilidad interna, por su parte, no tiene un efecto adicional cuando las empresas han de seguir pagando las mismas cotizaciones sociales que antes de la reducción de jornada. Sin embargo, cuando las cotizaciones se reducen, bien mediante una bonificación general del 33% o en proporción al recorte de la jornada laboral, la existencia de EREs de reducción de jornada se traduce en una reducción adicional de hasta el 24% en la tasa de desempleo de equilibrio.
Por último, se realiza un ejercicio de simulación de la transición desde el equilibrio pre-reforma al existente tras la implementación completa de la reforma aprobada. Los resultados del ejercicio muestran que la reforma se autofinancia y genera beneficios más que suficientes para compensar a aquella minoría de agentes que salen perdiendo con el cambio.
Para más información, véase:
J. Ignacio García Pérez y V. Osuna (2015). “On the effectiveness of short-time work schemes in dual labor markets.” FEDEA, Estudios sobre Economía Española no. 2015/06, Madrid, febrero de 2015.