Hacienda Pública y Distribución de la Renta

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las grandes fortunas y su encaje con el Impuesto sobre el Patrimonio

Fedea publica hoy un trabajo de Diego Martínez (Universidad Pablo de Olavide y Fedea), Manuel Díaz (Fedea) y Carmen Marín (Fedea) en el que analizan las posibles repercusiones del nuevo impuesto de solidaridad para las haciendas autonómicas, sin entrar a valorar esta figura tributaria.

Los principales rasgos de este impuesto coinciden en esencia con los del actual Impuesto sobre el Patrimonio (IP). El impuesto afectará a los patrimonios netos superiores a los 3,7 millones de euros. El primer tramo gravará al 1,7% las bases liquidables (patrimonio neto descontados 0,7 millones de euros de mínimo exento) de entre 3 y 5,34 millones de euros. El segundo tramo fija un tipo del 2,1% y afectará a la horquilla entre los 5,34 y los 10,69 millones. Finalmente, para patrimonios superiores a los 10,69 millones, se aplicará un tipo del 3,5%.

La recaudación del impuesto de solidaridad será percibida por el Estado y la del IP se mantendrá en las CC.AA. Ante esta situación nos encontramos con comunidades que presentan tipos más reducidos en su IP que los propuestos a través del impuesto de solidaridad y comunidades que están bonificando la totalidad del IP (Comunidad de Madrid y Andalucía) o una parte del mismo (Galicia). Estas comunidades no podrán beneficiar a sus contribuyentes con menores tipos ya que el impuesto de solidaridad aumentaría hasta compensar la rebaja. Por lo que, en principio, las comunidades tienen incentivos para aumentar su IP para bases liquidables por encima de 3 millones hasta el nivel fijado en el nuevo impuesto estatal en todos los tramos que se vean afectados, con lo que la recaudación neta estatal tendería a ser nula. Sin embargo, las CC.AA. no se verían afectadas por debajo de ese umbral, por lo que podrían mantener las bonificaciones actuales hasta los 3 millones de euros de base liquidable.

Con la legislación autonómica para 2022, las comunidades afectadas por el impuesto de solidaridad son Cataluña, Galicia, Andalucía, Principado de Asturias, Cantabria, Región de Murcia, Islas Baleares, Comunidad de Madrid y las cuatro haciendas forales. El nivel de patrimonio neto al que comenzarán a verse afectados los contribuyentes de las diferentes comunidades oscila desde los 3,7 millones de euros en Madrid o Andalucía, hasta los 209,9 millones de islas Baleares. En Galicia afectaría a partir de los patrimonios de 8,6 millones de euros (en este caso, se incluye en los cálculos la bonificación del 25% de la tarifa del IP). Para País Vasco y Navarra se ha tenido en cuenta el tramo de la tarifa del IP a partir del cual comienza a afectar el impuesto de solidaridad. Así, en Vizcaya el patrimonio neto afectado es a partir de los 9,6 millones de euros, en Navarra desde los 10,6 millones de euros y en las diputaciones forales de Álava y Guipúzcoa desde los 13 millones. En Asturias, Murcia y Cantabria se abonaría el impuesto de solidaridad a partir de los 23,9, 25 y 26 millones de euros, respectivamente.

Más información

Martínez, D., M. Díaz y C. Marín (2022). “El Impuesto Temporal de Solidaridad de las grandes fortunas y su encaje con el Impuesto sobre el Patrimonio” Fedea, Apuntes no. 2022-29, Madrid.

Foto: Rodrigo Amorim