La reincorporación de Estados Unidos al Acuerdo de París, efectiva desde el comienzo de la Administración Biden, situó en la agenda legislativa norteamericana la necesidad de desarrollar instrumentos para facilitar la atracción y el despliegue de inversiones privadas que contribuyan a la consecución de los objetivos climáticos. El principal instrumento desarrollado, aunque no el único, ha sido la Ley de Reducción de la Inflación. La Unión Europea ha reaccionado a esa iniciativa mediante sus propios instrumentos legislativos en forma de dos Reglamentos, ambos de próxima publicación: la Ley de Industria de Cero Emisiones Netas y la Ley de Materias Primas Críticas. Las dos regiones comparten el objetivo de acelerar el despliegue de tecnologías conducentes a la descarbonización de la actividad, al tiempo que buscan disminuir la dependencia del exterior en las industrias limpias, y muy particularmente el dominio de China en muchas de ellas. Para ello, sin embargo, Estados Unidos y la Unión Europea utilizan estrategias claramente diferenciadas.
En ese contexto, Fedea publica hoy un trabajo de David Suárez-Cuesta (UCM), María Concepción Latorre (UCM) y Diego Rodríguez (UCM y Fedea) en el que se describen y analizan la IRA y la respuesta europea.
En el trabajo se destaca la relevancia económica del apoyo público prestado a través de la Ley de Reducción de la Inflación (IRA), que constituye el mayor paquete de inversiones relacionadas con el clima de la historia de Estados Unidos y pretende servir de punto de inflexión en la estrategia del país sobre la generación, distribución y consumo de energía. La mayor parte de la financiación para promover las energías limpias adopta la forma de incentivos fiscales, tanto a nivel de las empresas como de los consumidores. En el trabajo se destaca cómo la IRA ha suscitado la preocupación de los socios internacionales de Estados Unidos, especialmente de la Unión Europea, debido a algunas de sus medidas proteccionistas. En particular, el hecho de que diversos incentivos en forma de créditos fiscales a la inversión y la producción incluyan importantes requisitos de contenido local. Este es el caso, por ejemplo, de la producción de vehículos eléctricos, de baterías o de sus componentes. En estos ámbitos, la posición de Estados Unidos va muy por detrás de la de China, que además domina la oferta y el procesado de muchos materiales críticos.
Los autores señalan la preocupación europea por los efectos de la IRA sobre la atracción de los flujos de inversión, tanto por los requisitos de contenido local como por el hecho de que los créditos fiscales no tengan límite. Los autores describen la respuesta europea, que constituye el núcleo del Plan Industrial del Pacto Verde, en forma de la Ley sobre la Industria de Cero Emisiones Netas (NZIA) y la Ley de Materias Primas Críticas (CRMA). Ambas ponen el énfasis en crear un marco jurídico más sencillo para acelerar el despliegue de industrias que contribuyan al objetivo de emisiones netas nulas, simplificando los procesos administrativos para la construcción, operación, modificación o expansión de proyectos en este ámbito. Entre otras, se establecen obligaciones de ventanilla única, se propone la eliminación de requisitos redundantes en las autorizaciones, el establecimiento de tiempos límites para la aprobación de proyectos o el desarrollo de bancos de pruebas regulatorios.
Ninguna de las dos nuevas normas europeas introduce nuevos fondos, si bien los autores señalan tres cuestiones a este respecto. En primer lugar, se recuerda que se pretende reutilizar o reorientar fondos de programas ya existentes, particularmente provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En segundo lugar, se indica que la UE trata de reaccionar con estrategias diseñadas para cubrir el diferencial que se puede crear entre el apoyo fiscal procedente de la IRA y el apoyo europeo. En particular, describen el caso del apoyo a la producción de hidrógeno (renovable o azul) en la IRA y la respuesta europea en forma de subastas para la concesión de subvenciones, con igual periodo temporal de diez años en ambos casos. En tercer lugar, los autores destacan que la actualización del Marco Temporal de Crisis y Transición relativo a las medidas de ayuda estatal ha dispuesto un instrumento novedoso que permite igualar las subvenciones ofrecidas por terceros países para evitar un posible desvío de inversiones fuera de Europa. Este instrumento, que ya ha comenzado a usarse, puede ser importante para evitar el traslado de inversiones hacia Estados Unidos. Sin embargo, este instrumento se apoya en ayudas proporcionados por los Estados miembros lo que, a juicio de los autores, presenta un riesgo evidente de fragmentación del mercado único.
En definitiva, en el trabajo se destaca la relevancia de la IRA como instrumento de estímulo de las inversiones conducentes a la descarbonización. De hecho, los autores señalan que las estimaciones iniciales sobre el volumen de créditos fiscales parecen haberse quedado cortas. En ese contexto, la UE se encuentra en una situación estratégica compleja, ya que medidas drásticas para contrarrestar la IRA podrían desencadenar una nueva guerra comercial con Estados Unidos, un escenario que probablemente beneficiaría a adversarios comerciales. La respuesta europea ha sido básicamente regulatoria, complementada con instrumentos que aborden algunos de los principales desequilibrios generados por la IRA. Sin embargo, aunque el planteamiento de la UE desea incentivar el desarrollo de tecnologías limpias y atraer inversiones, muchas de las decisiones empresariales dependen de ayudas prestadas directamente por los Estados miembros.
Más información
Suárez-Cuesta, D., Latorre, M.C. y Rodríguez, D. (2024). “La Ley de Reducción de la Inflación y la respuesta europea: una nota”. FEDEA, Colección Apuntes no. 2024-13, Madrid.