El documento que hoy publica Fedea se enmarca dentro del proceso de reflexión iniciado de manera conjunta con la Fundación Internacional Olof Palme (FIOP) acerca de la propuesta sobre financiación singular para Cataluña. El artículo, firmado por Diego Martínez (catedrático de economía aplicada en la Universidad Pablo Olavide de Sevilla e investigador de Fedea), aborda la cuestión de la ordinalidad en la financiación autonómica, esto es, la conveniencia de que la aplicación del sistema no altere la ordenación original de las CCAA en términos de recursos por habitante ajustado (a competencias homogéneas e igual esfuerzo fiscal).
El punto de partida es la actual distribución de recursos que genera el sistema de financiación autonómica (SFA). En estos momentos, no solo no existe ordinalidad, sino que tampoco se adivina patrón distributivo alguno dotado de racionalidad. El gráfico 1 ilustra esa situación; las CCAA se encuentran ordenadas de menor a mayor capacidad fiscal (línea azul) siendo 100 la media; y el SFA les proporciona recursos (línea naranja) según criterios poco razonables. En este sentido, si la población ajustada es el indicador de necesidades de gasto relativas, no se justifican las importantes discrepancias entre CCAA en financiación por habitante ajustado, de más de 26 puntos entre la mejor (La Rioja) y la peor financiada (R. Murcia).
Gráfico 1. Capacidad fiscal y recursos del SFA por habitante ajustado. CCAA, 2022

La principal razón por la que el actual SFA no ofrece resultados equitativos es la existencia de fondos adicionales que interfieren con el Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales (FGSPF). En este trabajo se ha mostrado que dicho fondo, en efecto, sigue un patrón distributivo próximo a la nivelación completa y concediendo ordinalidad a las de mayor capacidad fiscal. Una vez que entran en funcionamiento el Fondo de Suficiencia Global (FSG), que es un garante implícito del statu-quo existente en el modelo anterior, y los Fondos de Convergencia, que mezclan desarrollo regional con financiación territorial (Fondo de Cooperación) o siguen criterios de reparto no alineados con el FGSPF (Fondo de Competitividad), el resultado deja de tener racionalidad económica.
Este artículo ofrece escenarios alternativos para la definición de un patrón distributivo de los recursos del SFA más acorde con la lógica del FGSPF. Así, se ha integrado el dinero del FSG y de los Fondos de Convergencia en el FGSPF y reducido el porcentaje de aportación de las CCAA al mismo, del 75 por ciento actual al 65. Los resultados son los esperados (gráfico 5): una distribución de recursos próxima a la nivelación completa en la mayoría de las CCAA y dosis de ordinalidad en las tres de mayor capacidad fiscal.
Gráfico 5. Capacidad fiscal y recursos del SFA por hab. ajustado con aportación del 65% al FGSPF, y FSG y de Convergencia integrados en el FGSPF. CCAA, 2022

Esa foto de llegada vendría acompañada de unos costes de transición que deberían cubrirse para que ninguna Comunidad pierda dinero en términos absolutos respecto a la situación actual. Hay fórmulas de compensación para ello, citadas en el artículo, y que evitan el riesgo de volver a perpetuar un injusto statu-quo.
En definitiva, incorporar criterios de ordinalidad en la financiación autonómica, como se pide en la propuesta de financiación singular llegada desde Cataluña, no requiere una enmienda a la totalidad del modelo actual. Todo esto, no obstante, debería diseñarse en un marco más amplio que el aquí expuesto, considerando posibles ajustes en la definición de población ajustada, condonaciones parciales de deuda autonómica en manos del Estado, armonización fiscal de impuestos cedidos, reglas fiscales creíbles, etc. Y ello no solo por buscar una coherencia integral en la reforma sino también porque se ganan grados de libertad en la negociación política.
Trabajo completo
Martínez López, D. (2025). “Financiación singular, ordinalidad y statu-quo: Escenarios para construir.” FEDEA, Colección Apuntes no. 2025-05. Madrid.